"EL GRITO DESGARRADO CONTRA LA INJUSTICIA"
Contesto a las observaciones a mis 484 y 485. Todas son formuladas desde la visión leguleya. CABE LA PREGUNTA DE POR QUÉ ESTABA REUNIDA LA GENTE EN LA PLAZA. ES QUE LOS JUECES OLVIDAN LA COMPRENSIÓN POLÍTICA DE SUS CARGOS Y EL PODER DE POLICÍA A QUE ESTAN OBLIGADOS. TODA ESA GENTE, QUE AHORA YA ES MUCHA MÁS, SE SIENTE PISOTEADA EN SUS DERECHOS Y SE LES IMPIDE AVANZAR EN EL CAMINO DE LA LEGALIDAD SUPERADORA, MIENTRAS EL SEÑOR MAGNETTO SE ENTREVISTA PALADINAMENTE CON EL PRESIDENTE DE LA CORTE Y LOS NIETOS NOBLE INTERCAMBIAN ROPA INTERIOR IMPUNEMENTE. A PESAR DE LAS LEYES Y DE LOS RECURSOS ESTABLECIDOS, HUBO GENTE QUE EMPLEO LAS ARMAS DEL EJÉRCITO PARA ARROJAR BOMBAS SOBRE EL MISMO PUEBLO Y EN OTRO CASO LAS USÓ PARA METER GENTE EN LAS MAZMORRAS E INVENTAR EL MACABRO CONCEPTO DE “DESAPARECIDOS”: Y BONAFINI LO VIVIÓ, Y POR ESO ES IMPLACABLE EN SU DECIR; AHORA SE CLAMA POR UNA LEY YA SANCIONADA. NO SE LIMITEN A PENSAR: ALGÚN DÍA “SERÁ JUSTICIA”. SE RECLAMA LA LEY YÁ Paulino Rúa
Contesto a la observación 1 de mi 599. Este un teme político y no jurídico; en todo caso el precepto fundamental contenido en la Constitución Nacional es el deber de Afianzar la Justicia, lo que no ocurre si las leyes sancionadas por los dos poderes restantes y consideradas vitales para el afianzamiento institucional y el efectivo imperio de la libertad de prensa se ven frustrados por la actitud de dilatoria de de ´los jueces y cámaras, con extensión de los efectos de sus decisorios mas allá de su jurisdicción, y ahora curiosamente similar al trato dilatorio de la Corte, y ello cuando la visita de Magnetto al presidente de la institución realizada fuera de las reglas establecidas y de un momento totalmente inoportuno para asegurar objetividad de las decisiones. Los reclamos de una inmediata vigencia inmediata de la Ley de Medios es un objetivo legítimo de lucha que no se depondrá, y lo que estoy exponiendo revalida a la Sra. Bonafini y mi respaldo incondicional a sus dichos. Paulino Rúa
Contesto a la observación 1 de mi 599. Este un teme político y no jurídico; en todo caso el precepto fundamental contenido en la Constitución Nacional es el deber de Afianzar la Justicia, lo que no ocurre si las leyes sancionadas por los dos poderes restantes y consideradas vitales para el afianzamiento institucional y el efectivo imperio de la libertad de prensa se ven frustrados por la actitud de dilatoria de de ´los jueces y cámaras, con extensión de los efectos de sus decisorios mas allá de su jurisdicción, y ahora curiosamente similar al trato dilatorio de la Corte, y ello cuando la visita de Magnetto al presidente de la institución realizada fuera de las reglas establecidas y de un momento totalmente inoportuno para asegurar objetividad de las decisiones. Los reclamos de una inmediata vigencia inmediata de la Ley de Medios es un objetivo legítimo de lucha que no se depondrá, y lo que estoy exponiendo revalida a la Sra. Bonafini y mi respaldo incondicional a sus dichos. Paulino Rúa
Opinión Publicada en el Diario nACIÓN Sobre los Dichos de la Señora Hebe de Bonafini en la Manifestación Popular del 28
Más allá de las formas está la sustancia; y este es un principio jurídico inconcuso. La disposición de la Corte de dar cabida a los recursos de amparo en forma reiterada y sistemática, justamente cuando los mismos vienen planteados en DEFENSA DE LOS PODERES CONCENTRADOS, y por lo demás, esta medida de excepción que es el amparo y con la única finalidad de operar fugazmente hasta la resolución de la cuestión de fondo, y este conclave supremo de juristas eternizan su resolución eternizan su resolución, impidiendo así la vigencia de una LEY AMPLIAMENTE DEBATIDA Y DESEADA POR LA COUNIDAD PARA LOGRAR MÁS TRANSPARENCIA Y VERDAD EN EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES. Si además esa corte debe insertar sus decisorios en un contexto, que no les dable ignorar, de que venimos de UN INFAME GENOCIDIO plasmado por esos mismos poderosos, valiéndose de otro instrumento, las FA., REFRENDO EN UN TODO LAS DECLARACIONES DE LA SRA. DE BONAFINI. Paulino Rúa
Contesto a las observaciones a la nota precedente:
Contesto a las observaciones de mi 724. En principio me enorgullece la comparación que alguien hace de mi persona con la Sra. De Bonafini; aunque soy conciente de que hay muchas diferencias, especialmente en las historias de vida. No es mi intención ofender a nadie, pero creo que el desacuerdo estaba más en el COMO DICE, QUE EN EL QUE dice, típica reacción de las señoras gordas, desinteresadas en el fondo de los temas que lo les atañen directamente. Parece que no hay conciencia de la INDIFERENCIA DE LA CORTE frente a lA ESCANDOLOSA BURLA A LA JUSTICIA DE LA CAUSA NOBLE; lo mismo frente a la difusión complaciente de AMPAROS EXPRES que además tiene la coincidente virtud de ser dictados CON EFECTO PARA TODA LA CIUDADANÍA, cuando es un Principio consagrado de que las medidas judiciales tienen efecto PARA EL CASO CONCRETO JUZGADO. Sucedió con los amparos de Mendoza, paralizando La Ley. La Corte nada dijo y tiene vías para corregir los desvíos de los magistrados SIGUE.
No ignoro que las versiones hablan de una mayoría que dejaría intactos los amparos; esto sería inconstitucional: Debe resolver la cuestión de fondo u ordenarla resolverla. No se está contra la fijación de un plazo prudencialmente distinto, ya que no es voluntad de nadie causar desmedro económico a nadie en desmedro de un oportunista. Pero debe hacerse actuar las medidas de gobierno tomadas por la anuencia de los otros poderes. A los que expresan manifestaciones injuriosas no les voy a contestar. Hay algún desafío a que tome las armas, le respondo es una propuesta hecha fuera del marco de foro de discusión. L señora de BONAFINI, dejó en claro que esta suma de decisiones ilícitas forman un caldo de cultivo; y surge un sentimiento de exasperación de ser aplastados injusta y sistemáticamente por los PODEROSOS. BASTA CON LA LECTURA AMAÑADA , TENDENCIOSA Y ARTICULADA DE MALA FE POR LOS DIARIOS DEL MONOPOLIO. Paulino Rúa
Más allá de las formas está la sustancia; y este es un principio jurídico inconcuso. La disposición de la Corte de dar cabida a los recursos de amparo en forma reiterada y sistemática, justamente cuando los mismos vienen planteados en DEFENSA DE LOS PODERES CONCENTRADOS, y por lo demás, esta medida de excepción que es el amparo y con la única finalidad de operar fugazmente hasta la resolución de la cuestión de fondo, y este conclave supremo de juristas eternizan su resolución eternizan su resolución, impidiendo así la vigencia de una LEY AMPLIAMENTE DEBATIDA Y DESEADA POR LA COUNIDAD PARA LOGRAR MÁS TRANSPARENCIA Y VERDAD EN EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES. Si además esa corte debe insertar sus decisorios en un contexto, que no les dable ignorar, de que venimos de UN INFAME GENOCIDIO plasmado por esos mismos poderosos, valiéndose de otro instrumento, las FA., REFRENDO EN UN TODO LAS DECLARACIONES DE LA SRA. DE BONAFINI. Paulino Rúa
Contesto a las observaciones a la nota precedente:
Contesto a las observaciones de mi 724. En principio me enorgullece la comparación que alguien hace de mi persona con la Sra. De Bonafini; aunque soy conciente de que hay muchas diferencias, especialmente en las historias de vida. No es mi intención ofender a nadie, pero creo que el desacuerdo estaba más en el COMO DICE, QUE EN EL QUE dice, típica reacción de las señoras gordas, desinteresadas en el fondo de los temas que lo les atañen directamente. Parece que no hay conciencia de la INDIFERENCIA DE LA CORTE frente a lA ESCANDOLOSA BURLA A LA JUSTICIA DE LA CAUSA NOBLE; lo mismo frente a la difusión complaciente de AMPAROS EXPRES que además tiene la coincidente virtud de ser dictados CON EFECTO PARA TODA LA CIUDADANÍA, cuando es un Principio consagrado de que las medidas judiciales tienen efecto PARA EL CASO CONCRETO JUZGADO. Sucedió con los amparos de Mendoza, paralizando La Ley. La Corte nada dijo y tiene vías para corregir los desvíos de los magistrados SIGUE.
No ignoro que las versiones hablan de una mayoría que dejaría intactos los amparos; esto sería inconstitucional: Debe resolver la cuestión de fondo u ordenarla resolverla. No se está contra la fijación de un plazo prudencialmente distinto, ya que no es voluntad de nadie causar desmedro económico a nadie en desmedro de un oportunista. Pero debe hacerse actuar las medidas de gobierno tomadas por la anuencia de los otros poderes. A los que expresan manifestaciones injuriosas no les voy a contestar. Hay algún desafío a que tome las armas, le respondo es una propuesta hecha fuera del marco de foro de discusión. L señora de BONAFINI, dejó en claro que esta suma de decisiones ilícitas forman un caldo de cultivo; y surge un sentimiento de exasperación de ser aplastados injusta y sistemáticamente por los PODEROSOS. BASTA CON LA LECTURA AMAÑADA , TENDENCIOSA Y ARTICULADA DE MALA FE POR LOS DIARIOS DEL MONOPOLIO. Paulino Rúa
Contesto a las observaciones a mis 484 y 485. Todas son formuladas desde la visión leguleya. CABE LA PREGUNTA DE POR QUÉ ESTABA REUNIDA LA GENTE EN LA PLAZA. ES QUE LOS JUECES OLVIDAN LA COMPRENSIÓN POLÍTICA DE SUS CARGOS Y EL PODER DE POLICÍA A QUE ESTAN OBLIGADOS. TODA ESA GENTE, QUE AHORA YA ES MUCHA MÁS, SE SIENTE PISOTEADA EN SUS DERECHOS Y SE LES IMPIDE AVANZAR EN EL CAMINO DE LA LEGALIDAD SUPERADORA, MIENTRAS EL SEÑOR MAGNETTO SE ENTREVISTA PALADINAMENTE CON EL PRESIDENTE DE LA CORTE Y LOS NIETOS NOBLE INTERCAMBIAN ROPA INTERIOR IMPUNEMENTE. A PESAR DE LAS LEYES Y DE LOS RECURSOS ESTABLECIDOS, HUBO GENTE QUE EMPLEO LAS ARMAS DEL EJÉRCITO PARA ARROJAR BOMBAS SOBRE EL MISMO PUEBLO Y EN OTRO CASO LAS USÓ PARA METER GENTE EN LAS MAZMORRAS E INVENTAR EL MACABRO CONCEPTO DE “DESAPARECIDOS”: Y BONAFINI LO VIVIÓ, Y POR ESO ES IMPLACABLE EN SU DECIR; AHORA SE CLAMA POR UNA LEY YA SANCIONADA. NO SE LIMITEN A PENSAR: ALGÚN DÍA “SERÁ JUSTICIA”. SE RECLAMA LA LEY YÁ Paulino Rúa
Contesto a la observación 1 de mi 599. Este un teme político y no jurídico; en todo caso el precepto fundamental contenido en la Constitución Nacional es el deber de Afianzar la Justicia, lo que no ocurre si las leyes sancionadas por los dos poderes restantes y consideradas vitales para el afianzamiento institucional y el efectivo imperio de la libertad de prensa se ven frustrados por la actitud de dilatoria de de ´los jueces y cámaras, con extensión de los efectos de sus decisorios mas allá de su jurisdicción, y ahora curiosamente similar al trato dilatorio de la Corte, y ello cuando la visita de Magnetto al presidente de la institución realizada fuera de las reglas establecidas y de un momento totalmente inoportuno para asegurar objetividad de las decisiones. Los reclamos de una inmediata vigencia inmediata de la Ley de Medios es un objetivo legítimo de lucha que no se depondrá, y lo que estoy exponiendo revalida a la Sra. Bonafini y mi respaldo incondicional a sus dichos. Paulino Rúa
Contesto a la observación 1 de mi 599. Este un teme político y no jurídico; en todo caso el precepto fundamental contenido en la Constitución Nacional es el deber de Afianzar la Justicia, lo que no ocurre si las leyes sancionadas por los dos poderes restantes y consideradas vitales para el afianzamiento institucional y el efectivo imperio de la libertad de prensa se ven frustrados por la actitud de dilatoria de de ´los jueces y cámaras, con extensión de los efectos de sus decisorios mas allá de su jurisdicción, y ahora curiosamente similar al trato dilatorio de la Corte, y ello cuando la visita de Magnetto al presidente de la institución realizada fuera de las reglas establecidas y de un momento totalmente inoportuno para asegurar objetividad de las decisiones. Los reclamos de una inmediata vigencia inmediata de la Ley de Medios es un objetivo legítimo de lucha que no se depondrá, y lo que estoy exponiendo revalida a la Sra. Bonafini y mi respaldo incondicional a sus dichos. Paulino Rúa
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